Reforma laboral 2021: principales cambios
La reforma laboral aprobada en diciembre de 2021 introduce importantes modificaciones en la contratación y negociación colectiva.

El Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, ha modificado sustancialmente el marco de las relaciones laborales en España. Uno de los cambios principales afecta a la contratación temporal. Se elimina el contrato de obra y servicio y se establecen solo tres tipos de contratos temporales: eventual por circunstancias de la producción, sustitución, y formativo. El contrato eventual tiene una duración máxima de 6 meses, ampliable a un año por convenio colectivo. Su uso indebido conlleva que el contrato se considere indefinido desde el inicio. Se recupera la ultraactividad indefinida de los convenios colectivos. Cuando vence un convenio, sigue aplicándose hasta que se negocie uno nuevo, sin límite temporal. Los ERTE se convierten en el mecanismo RED (mecanismo de flexibilidad y estabilización del empleo), con dos modalidades: cíclico (causas económicas) y sectorial (causas sectoriales o de actividad). La subcontratación se limita estableciendo responsabilidad solidaria de contratista y subcontratista respecto de las obligaciones laborales y de Seguridad Social. Los contratos fijos discontinuos se potencian como fórmula de contratación para actividades estacionales o que se repiten en fechas determinadas. Se refuerza el control de la contratación temporal indebida, estableciendo un recargo del 25% en las indemnizaciones por despido de contratos declarados indefinidos. En Delegal Abogados le asesoramos sobre cómo afecta la reforma laboral a su situación concreta, tanto si es trabajador como si es empresario. Defendemos sus derechos ante contratos irregulares o aplicaciones incorrectas de la nueva normativa.
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