Reclamación de rentas de alquiler impagadas
El arrendador puede reclamar las rentas impagadas mediante procedimiento monitorio, obteniendo título ejecutivo de forma rápida.

Cuando un inquilino deja de pagar las rentas pero ya ha abandonado la vivienda, el arrendador puede reclamar las cantidades adeudadas mediante el procedimiento monitorio.
El monitorio es un procedimiento especial que permite obtener un título ejecutivo de forma rápida cuando la deuda consta por documento (contrato de arrendamiento y recibos impagados).
Se presenta papeleta ante el Juzgado solicitando el requerimiento de pago al deudor. Si este no paga ni se opone en 20 días, se despacha ejecución directamente sin necesidad de juicio.
Si el deudor se opone, el procedimiento se transforma en juicio verbal, donde se practican las pruebas y se dicta sentencia.
Las rentas reclamables son las de los últimos cinco años (plazo de prescripción), más los intereses de demora pactados en el contrato.
También pueden reclamarse otros conceptos: gastos de comunidad impagados, suministros, daños en la vivienda, gastos de gestoría y abogado (si así se pactó).
Es importante conservar toda la documentación: contrato de arrendamiento, recibos impagados, comunicaciones al inquilino, inventario de entrada y salida, etc.
Si el deudor no tiene bienes conocidos, puede solicitarse averiguación patrimonial para localizar cuentas bancarias, vehículos, inmuebles o nóminas embargables.
El procedimiento suele durar entre 3 y 6 meses hasta obtener el título ejecutivo. La ejecución posterior depende de la localización de bienes del deudor.
En Delegal Abogados reclamamos las rentas impagadas de forma eficaz, investigando el patrimonio del deudor para asegurar el cobro efectivo. Trabajamos con éxito sin cobro si no hay recuperación.
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